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Regularán las emisiones de los modelos de motos

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El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación dispuso a través de la Resolución 14/2023 publicada en el Boletín Oficial, requisitos ambientales a cumplimentar por las empresas productoras y comercializadoras de motocicletas.

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La norma incorpora a estos vehículos con el propósito de regular las emisiones que generan y, de este modo, reducir el daño ambiental provocado.

A partir del dictado de la presente medida se comenzará a pagar el derecho de tramitación por cada una de las certificaciones componentes de la licencia de configuración ambiental (LCA), ya sea de emisiones sonoras, gaseosas, de compatibilidad electromagnética y de CO2 y consumo, este último a partir de EURO 3.

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Cabe señalar que las medidas son obligatorias desde hoy para todos los modelos categoría L, tanto nacionales como importados, que vayan a circular en el territorio nacional.

Por otra parte, las compañías deberán proveer a través de la plataforma de trámites a distancia (TAD) los datos de ensayos de emisiones electromagnéticas (radiaciones parásitas), sonoras, de gases, de dióxido de carbono y de consumo de combustible.

Estos ensayos deben cumplir con los protocolos vigentes y pueden ser realizados ya sea en laboratorios propios o de terceros que cumplan con los requisitos indicados en la resolución, tal es el caso de aquellos que posean certificados de acreditación ISO 17.025.

La iniciativa está a cargo de la Coordinación de Emisiones Vehiculares de la Subsecretaría de Fiscalización y Recomposición de la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental.

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